
La actividad valuatoria en Colombia acaba de entrar en una nueva etapa. Después de casi 18 años de aplicación, la Resolución 620 de 2008 del Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) fue derogada por la Resolución 941 de 2026, expedida el 31 de julio de 2026.
La nueva resolución fija los métodos y condiciones para la elaboración y presentación de avalúos, de conformidad con el Decreto 1170 de 2015, y actualmente figura como norma vigente en el normograma oficial del IGAC.
Este cambio tiene especial importancia para avaluadores, propietarios, compradores, vendedores, abogados, entidades públicas, empresas y personas que requieren avalúos comerciales o dictámenes relacionados con inmuebles.
La Resolución 620 de 2008 fue durante muchos años una de las principales referencias técnicas utilizadas en Colombia para la elaboración de avalúos. El propio IGAC señala que esta resolución establecía procedimientos para los avalúos ordenados dentro del marco de la Ley 388 de 1997.
Con el paso del tiempo, sus metodologías y procedimientos fueron utilizados ampliamente por profesionales y entidades para diferentes trabajos de valoración inmobiliaria.
Sin embargo, la actividad valuatoria ha cambiado considerablemente desde 2008. El mercado inmobiliario dispone actualmente de mayor cantidad de información, herramientas digitales, sistemas geográficos, bases de datos, técnicas estadísticas y nuevas metodologías de análisis.
Por ello, el IGAC expidió la Resolución 941 de 2026, que reemplaza formalmente la Resolución 620 de 2008.
La nueva resolución tiene como objeto fijar métodos y condiciones para la elaboración y presentación de avalúos, conforme al capítulo 3 del título 2 del Decreto 1170 de 2015.
Además de derogar la Resolución 620 de 2008, también deroga los incisos 1, 2 y 3 del artículo 14 de la Resolución 898 de 2014.
Esto significa que el profesional que actualmente realiza determinados avalúos sujetos a este marco normativo debe conocer y aplicar la nueva regulación.
Ya no resulta suficiente estudiar únicamente la Resolución 620 de 2008.
La principal implicación es que el profesional debe actualizar sus conocimientos y procedimientos.
Durante años, muchos avaluadores utilizaron como referencia metodológica conceptos, procedimientos y formas de presentación asociados a la Resolución 620.
Ahora deben revisar cómo se estructuran los avalúos bajo la nueva regulación, qué información debe recopilarse, cómo deben sustentarse los análisis y cuáles son las condiciones aplicables a cada metodología.
Esto exige una actualización profesional que va más allá de cambiar una referencia normativa en el informe.
El cambio implica revisar la forma de investigar, analizar, calcular, sustentar y presentar un avalúo.
Uno de los aspectos más relevantes de la evolución de la actividad valuatoria es el crecimiento de la información disponible.
Hoy un avaluador puede encontrar información de ofertas inmobiliarias, transacciones, características físicas, localización geográfica y diferentes variables que permiten construir bases de datos de comparables.
La nueva regulación debe entenderse dentro de este contexto.
El propio IGAC ha desarrollado investigaciones y herramientas relacionadas con el mercado inmobiliario y los procesos de valoración. En documentos técnicos del Instituto se reconoce la evolución de la práctica valuatoria y el papel que han adquirido los estudios de mercado en la elaboración de avalúos.
Para PERIVALOR esto tiene una consecuencia práctica muy importante:
un estudio de mercado bien construido adquiere cada vez mayor importancia dentro del proceso valuatorio.
No basta con encontrar tres o cuatro inmuebles publicados en internet.
Es necesario analizar su comparabilidad, ubicación, características, fecha, condiciones de oferta y demás variables relevantes.
La valoración inmobiliaria debe partir de una adecuada identificación y conocimiento del bien.
El proceso de inspección permite verificar aspectos que muchas veces no aparecen correctamente reflejados en documentos o anuncios inmobiliarios.
Entre ellos:
El IGAC describe, dentro de sus propios procedimientos de avalúos comerciales, actividades como revisión documental, visita técnica, consulta de normas de uso del suelo, estudio de mercado y elaboración del informe.
Esto demuestra que la valoración profesional debe entenderse como un proceso de investigación, no como una simple estimación.
El cambio normativo también tiene consecuencias para el cliente.
Si usted va a contratar un avalúo comercial, debe preguntarle al profesional bajo qué marco normativo realizará el trabajo y cuál es el alcance del servicio.
También es recomendable verificar:
El cliente debe entender que un avalúo profesional no consiste únicamente en recibir una cifra.
Debe existir una explicación técnica que permita comprender cómo se obtuvo ese valor.
La nueva regulación mantiene dentro del campo de la valoración metodologías ampliamente conocidas, pero introduce y desarrolla condiciones técnicas para su aplicación.
Entre los enfoques utilizados en valoración inmobiliaria se encuentran el método de comparación o de mercado, capitalización de rentas, método residual y método de reposición a nuevo. Estos enfoques ya formaban parte de la práctica valuatoria asociada a la Resolución 620.
Lo importante, por tanto, no es pensar que la Resolución 941 simplemente "inventó nuevos métodos".
El cambio fundamental está en actualizar y precisar las condiciones técnicas bajo las cuales deben aplicarse y sustentarse los procedimientos de valoración.
Este es un aspecto especialmente importante.
La transición entre una norma y otra debe analizarse de acuerdo con las disposiciones específicas de la nueva resolución y con la fecha en que se inició cada actuación.
La Resolución 941 contempla disposiciones transitorias para determinadas actuaciones que ya se encontraban en desarrollo antes de su entrada en vigencia.
Por eso, si usted tiene actualmente un avalúo en curso, una revisión, un recurso o una actuación administrativa relacionada con un avalúo anterior, no debe asumir automáticamente que todo el proceso debe rehacerse bajo la nueva norma.
Es necesario revisar la fecha de inicio y la naturaleza específica de la actuación.
Aquí es importante hacer una precisión.
La Resolución 941 del IGAC no debe confundirse con toda la regulación de la prueba pericial ni con las normas que regulan la actividad profesional del avaluador.
Cuando un avalúo será utilizado dentro de un proceso judicial, además de las normas técnicas de valoración que resulten aplicables, deben considerarse las disposiciones procesales correspondientes, especialmente las relacionadas con la prueba pericial.
Por ello, un dictamen pericial de avalúo requiere especial cuidado en su metodología, fundamentación, idoneidad del profesional y forma de presentación.
Para una firma dedicada a los avalúos comerciales, residenciales, estudios de mercado y peritajes, el cambio representa una oportunidad para fortalecer sus procesos.
La nueva realidad exige:
Más investigación.
Mejor información.
Mayor trazabilidad de los comparables.
Mejor sustentación de las conclusiones.
Actualización permanente del profesional.
Y, sobre todo, una valoración que pueda ser comprendida y defendida técnicamente.
En PERIVALOR consideramos que el verdadero valor de un avalúo no está únicamente en la cifra final, sino en la calidad del proceso que conduce a esa cifra.
La Resolución 941 de 2026 representa un cambio importante para la valoración inmobiliaria en Colombia. El IGAC la expidió el 31 de julio de 2026 y actualmente la registra como vigente, derogando expresamente la Resolución 620 de 2008.
Para los avaluadores, implica actualizar conocimientos, metodologías y procedimientos.
Para los clientes, significa que al contratar un avalúo comercial resulta todavía más importante conocer quién realiza el trabajo, qué metodología emplea, qué información utiliza y cómo sustenta su conclusión.
La transición de la Resolución 620 a la Resolución 941 no debe entenderse simplemente como el reemplazo de un número por otro. Representa la actualización del marco técnico de los avalúos frente a una actividad que actualmente cuenta con más información, herramientas tecnológicas y posibilidades de análisis.
En PERIVALOR asumimos este nuevo escenario como una oportunidad para fortalecer la calidad de nuestros avalúos comerciales, residenciales, estudios de mercado y dictámenes periciales, manteniendo una actualización permanente de las normas y metodologías aplicables.
Conocer el valor de un inmueble es importante. Saber cómo se obtuvo ese valor es fundamental.